El Legislativo acogió 12 de 32 objeciones formuladas por el Ejecutivo; en las 20 restantes, la Asamblea se ratificó en el texto aprobado en diciembre pasado, según el informe preparado por la Comisión de Régimen Económico.
La resolución fue aprobada con 123 votos a favor la tarde del pasado miércoles. Contempla reformas al Código Monetario y Financiero, Ley de Defensa del Consumidor y Ley de Telecomunicaciones.
La norma establece un límite de cobranzas mediante llamada, mensajes o correo electrónico; el plazo para la devolución de productos y cambios de planes sin cobros adicionales.
Estos son los principales temas.
Se prohíbe el hostigamiento por cobranza
Las empresas de cobranza contratadas por los proveedores, que realicen gestión de cobro vía telefónica, mediante mensajes, llamadas o correo electrónico, no podrán hacerlo más de una vez al día.
Tampoco en un horario previo a las 07:00 o posterior a las 20:00, ni en fines de semana o feriados, ni desde un número de teléfono no identificable.
Por consiguiente se prohíbe hostigar, intimidar o molestar de manera insistente y repetitiva en contra de un consumidor por el cobro de una deuda.
Controles sobre servicios de la banca
Se dispuso que las entidades de servicio financiero realicen controles sobre los servicios que brindan a través de la banca electrónica y demás canales electrónicos. Además, que implementen las seguridades adecuadas y suficientes para precautelar los recursos de los usuarios.
También deberán poner en conocimiento de los clientes las medidas de seguridad, aplicadas en relación con el uso de claves y contraseñas.