Según el reglamento, estos grupos serán instancias de promoción de iniciativas legislativas de relevancia social. Su conformación temática y su plan de trabajo no podrán asemejarse a la temática y funciones de las comisiones especializadas permanentes y ocasionales.
Las actividades, reuniones y eventos de los Grupos Temáticos Parlamentarios no podrán interferir en el normal desarrollo del trabajo legislativo y de fiscalización de las comisiones
Se establece que cada uno de los asambleístas podrá integrar máximo dos grupos temáticos parlamentarios o interparlamentarios de amistad pero, excepcionalmente la Presidenta/e podrá aprobar que un asambleísta pueda forma parte de otro, siempre y cuando no ejerzan la Presidencia o Secretaría de un grupo, o la Presidencia de una de las comisiones especializadas permanentes.
Los Grupos Temáticos Parlamentarios e Interparlamentarios estarán conformados por un mínimo de 7 y un máximo de 11 asambleístas.
Ampliación de plazo
En otro orden, el Consejo de Administración Legislativa, CAL, resolvió ampliar hasta el 13 de mayo de 2022 el plazo de funcionamiento de la Comisión Especializada Ocasional de Enmiendas Constitucionales para el tratamiento de los proyectos de enmiendas y reformas a la Constitución Política de la República que cuentan con dictamen de procedimiento de la Corte Constitucional.
De conformidad con la normativa legal vigente, el Cal sugerirá al Pleno de la Asamblea Nacional la integración de una Comisión Especializada Ocasional que se encargará de continuar el trámite legal y análisis de los proyectos de reformas parciales y enmiendas constitucionales.
Además calificó el tratamiento del proyecto de reformas a la Ley de Compañías, mismo que será analizado por la Comisión de Desarrollo Económico. Esta propuesta tiene como objetivo subsanar el problema legal con los derechos, activos, pasivos que actualmente pertenece a los medios públicos, lo que ha impedido el pago de los haberes pendientes a quienes trabajaron en esas empresas.
Por último, calificó a trámite el proyecto de Ley Orgánica para la Equidad Salarial entre Hombres y Mujeres, que será tramitado por la Comisión de los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social. Esta iniciativa garantiza a las mujeres la obtención de igual remuneración que los hombres en el desempeño del mismo trabajo o un trabajo de igual valorización y erradicar la brecha salarial entre hombres y mujeres.